En el día de hoy conocíamos el nombramiento, según mandato del obispo de Mondoñedo-Ferrol, monseñor Fernando García Cadiñanos, del sacerdote Gonzalo Varela Alvariño como nuevo vicario general diocesano y moderador de la curia por un período de cinco años. La toma de posesión tendrá lugar el próximo 18 de junio en el Seminario de Mondoñedo.
Gonzalo Varela Alvariño nació en la parroquia de San Miguel de Roás, en el concello de Cospeito (Lugo), el 23 de agosto de 1963. Inició sus estudios en el Seminario de Mondoñedo. Se ordenó sacerdote en la catedral mindoniense el 8 de diciembre de 1987. Amplió sus estudios en Roma, en la Pontificia Universidad Gregoriana, donde obtuvo el título de licenciado en Teología Moral (1996). Posteriormente, en la Universidad Pontificia de Salamanca, obtuvo el título de doctor en Teología (2013).
A nivel académico, ha sido formador y profesor del Seminario de Mondoñedo (1987-1994); profesor de Religión en el Instituto de Mondoñedo (1991-1994); primer director de la revista diocesana Dumio; profesor y director de la sección diocesana del Instituto Superior de Ciencias Religiosas San Agustín; profesor en el Instituto Teológico Compostelano (ITC) y en el Instituto Superior Compostelano de Ciencias Religiosos (en la sede de Santiago y A Coruña); y profesor de Moral Fundamental en la Universidad Pontificia de Salamanca, en su facultad de Teología (2013- 2019).
En relación a sus cargos pastorales, ha sido delegado de Pastoral Juvenil y Pastoral Vocacional (1987-1994); párroco en Cedeira (1997-2017); rector del Seminario Mayor (2011-2018); y vicario episcopal de Misión Misericordiosa y Samaritana (2017-2021). En la actualidad ostenta los cargos de vicario episcopal para la Evangelización, párroco de la UPA Ribadeo y canónigo de la catedral de Mondoñedo. Además es miembro del Consejo de Pastoral, del Consejo Presbiteral y del Colegio de Consultores.
Según el Código de Derecho Canónico, el vicario general es nombrado para ayudar al obispo diocesano en el gobierno de toda la diócesis: “En cada diócesis, el obispo debe nombrar un vicario general, que (…) ha de ayudarle en el gobierno de toda la diócesis (475 § 1.). En virtud de su oficio, “al vicario general compete en toda la diócesis la potestad ejecutiva que corresponde por derecho al obispo diocesano, para realizar cualquier tipo de actos administrativos, exceptuados, sin embargo, aquellos que el obispo se hubiera reservado o que, según el derecho, requieran mandato especial del obispo” (479 § 1.).